La la tarde del 31 de octubre de 1980 la banda terrorista ETA secuestraba y asesinaba en Hernani (Guipúzcoa) al abogado JOSÉ MARÍA PÉREZ LÓPEZ DE ORUETA. Su cadáver fue encontrado por la Policía antes de la medianoche en las proximidades de la localidad guipuzcoana, en un punto de la carretera que va a Goizueta (Navarra). El hallazgo se produjo después de que una llamada anónima al diario Egin comunicase que había una persona muerta en ese punto de la carretera. El cuerpo del abogado presentaba un solo orifico de bala en la sien izquierda. En el lugar de los hechos se localizó un casquillo de bala del calibre 9 milímetros parabellum, marca SF, y una bala sin disparar del mismo calibre y marca.
José María Pérez fue secuestrado a las 19:00 horas en su domicilio de San Sebastián, donde vivía y ejercía como abogado. A esa hora llamaron a la puerta de su casa, acudiendo a abrir la madre de la víctima, Ángela, a la que indicaron que tenían una cita con él. Cuando abrió la puerta, dos terroristas armados con pistolas amenazaron a madre e hijo, y se llevaron a este último secuestrado, arrancaron los cables del teléfono e indicaron a la madre, bajo amenaza, que no avisara a la Policía hasta pasadas las diez de la noche. José María fue introducido en un vehículo robado previamente en Oyarzun y lo trasladaron hasta Hernani, donde fue interrogado sobre compradores y vendedores de droga.
ETA acusó a José María Pérez de ser narcotraficante y de defender habitualmente a drogadictosen casos relacionados con el consumo y tráfico de drogas. En el comunicado de reivindicación reconocían que la víctima había sido "sometida a un minucioso interrogatorio". Un abogado donostiarra de prestigio, que ejerció responsabilidades en el área del orden público en el Consejo General Vasco, comentó que "los atentados de ETA se parecen cada vez más a los procedimientos de los escuadrones de la muerte de algunos países latinoamericanos, que he conocido directamente. Primero se dispara, y después se lanza la acusación como parte de un imaginario proceso, cuya sentencia se ha dictado en la sombra y sin posibilidad de apelación por adelantado".
En una nota difundida al día siguiente la junta de gobierno del Colegio de Abogados de Guipúzcoa manifestó su condena a cualquier tipo de violencia, sin excepción alguna, especialmente cuando desemboca en la muerte de cualquier persona, pena ésta que se ha abolido del sistema legal español. La junta adoptó también el acuerdo de asistir el domingo 2 de noviembre, corporativamente, a la manifestación organizada por cuatro partidos políticos por la paz y contra el terrorismo. En la nota de condena se afirmaba que varios abogados habían tenido que abandonar su lugar de residencia ante las amenazas recibidas por no acceder a pagar el llamado impuesto revolucionario.
En 1986 la Audiencia Nacional condenó a José Antonio Esnaola Lasa a 26 años de prisión mayor por el asesinato del abogado donostiarra. Cuatro años después, en 1990, fue condenado a la misma pena el etarra Nicolás Francisco Rodríguez.
José María Pérez López de Orueta tenía 30 años y estaba soltero. Llevaba dos años colegiado como abogado criminalista.
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Es fundamental recordar y honrar a todas las personas que perdieron la vida o resultaron afectadas por los actos violentos perpetrados por ETA. Cada una de estas víctimas merece nuestro respeto y solidaridad.